Casos Especiales:
Si Ud. es cónyuge de ciudadano argentino o viudo de éste (tenga o no pasaporte argentino).
Sólo podrá tramitar pasaporte si de acuerdo a la legislación de su país ha perdido su nacionalidad o se encuentra imposibilitado de obtener un documento de viaje de su país.
REQUISITOS:
- DNI para extranjero.
- Certificación consular de pérdida de nacionalidad o en el que consten los motivos por los que dicha autoridad está impedida de extender pasaporte al interesado.
- Partida de matrimonio y/o defunción, o libreta de matrimonio, a fin de acreditar el vínculo con el cónyuge argentino.
- DNI, LC o LE o carta de ciudadanía (para el caso de argentinos naturalizados) que acredite la nacionalidad argentina del cónyuge.
- Certificado emitido por la Dirección Nacional de Migraciones que acredite residencia legal en la República.
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